Estatal
Héctor Gervacio Jiménez, aspirante a la ASE, tiene denuncia ante la FGR
* Por enriquecimiento ilícito y otros presuntos delitos.
Chilpancingo, Gro., (Agosto 25, 2021).- Héctor Gervacio Jiménez, uno de los aspirantes a la Auditoría Superior del Estado y encargado de despacho de la Contraloría Interna de la Secretaría de Salud y Servicios Estatales de Salud, tiene denuncias ante la FGR por los delitos de concusión, ejercicio indebido de funciones, peculado y enriquecimiento ilícito.
Fernando Rodríguez Bermeo, quien interpuso la demanda, argumentó que durante el 2019 quince trabajadores cobraron salarios aún sin tener el perfil profesional necesario para desempeñarse en las plazas que utilizaron, mientras que cuatro trabajadores estuvieron cobrando salarios cuando estaban ausentes sin posibilidad de goce de sueldo, por lo que la Secretaría de Salud debió de haber devuelto 4.5 millones de pesos correspondientes a estas irregularidades.
Se dio a conocer que los recursos utilizados para mantener a estos trabajadores se derivaron del programa federal Seguro Popular, mismos que fueron fiscalizados por la Auditoría Superior de la Federación durante el 2020, que detectó las siguientes irregularidades:
Se incurrió en inobservancias de la normatividad, principalmente en transferencias de los recursos, destino de los recursos y servicios personales, violación a las leyes financieras, de salud, hacendarias y laborales que generaron un daño económico de 4 millones 556 mil 400 pesos.
Derivado de lo anterior, el aspirante estaría violentando la convocatoria y selección del auditor responsable de la ASE, al no respetar los requisitos señalados en el artículo 88 de la Ley Número 468 de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Guerrero.
Ahí se establece que “para ser titular de la Auditoría Superior del Estado se debe cumplir con los siguientes requisitos: Gozar de buena reputación, no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal, ni estar inhabilitado para el desempeño de cargos públicos, no haber sido titular de ninguna dependencia, entidad u organismo de la administración pública estatal o municipal, o representante popular federal o estatal, durante dos años previos a su designación”.